Propuesta de modelo legal para el cannabis en el
estado español(1).
estado español(1).
Martín Barriuso.
Asociación de usuarios/as de cannabis Pannagh.
Resumen: Se propone un modelo de regulación legal para el mercado de cannabis basado en las normas que regulan las bebidas alcohólicas de baja graduación y el tabaco. Como modelo de transición se propone el de los clubes de consumidores, con producción no comercial en circuito cerrado.
Laburpena: Cannabisaren merkaturako lege-erregulazio eredu bat proposatzen da, graduazio baxuko edari alkoholiko eta tabakoari buruzko araudietan oinarritua. Trantsizio eredu gisa, kontsumitzaile klubena planteatzen da, zirkuitu itxiko ekoizpen ez-komertzialarekin.
Palabras clave: Cannabis, regulación, mercado, clubes de consumidores.
Hitz garrantzitsuenak: Cannabis, salmenta, merkatua, kontsumitzaile klubak.
Introducción
Los grupos antiprohibicionistas llevamos muchos años reivindicando la legalización del cannabis. Mejor dicho, la legalización, normalización, despenalización, regulación y alguna otra cosa, ya que existe una notable confusión y se usan distintos términos, con frecuencia con significados diferentes. En el momento presente, el debate sobre la normalización parece empantanado, sin que aparezcan argumentos novedosos desde hace años. Por ello, creo que la única manera de superar el impasse es definir lo más detalladamente posible cuál es el modelo concreto que reivindicamos, cuáles son los pasos para llegar hasta allí y empezar a dar en la práctica esos pasos para poder alcanzar un nuevo horizonte donde quede superado el actual marco prohibicionista. En la primera parte se hace un breve repaso a algunos modelos teóricos y prácticos que podrían ser útiles como referentes, en especial el Manifiesto de Málaga y el llamado “modelo holandés”. En la segunda parte se plantea una propuesta concreta de regulación para la producción y el comercio de cannabis psicoactivo en el estado español. Por fin, en la tercera parte se propone un posible modelo para la transición desde la situación actual. Espero que estas aportaciones contribuyan a impulsar un debate que ya va siendo inaplazable.
1. De la teoría a la práctica
¿Lega-legalización?
Para empezar, quisiera referirme a la cuestión de la terminología(2). Desde hace muchos años, el eslogan más utilizado para pedir un cambio legal en torno al cannabis es “legalización”. Ahora bien, como en cierta ocasión me recordó un prohibicionista durante un debate, el cannabis, como cualquier droga, ya está legalizada. Y es que legalizar significa “dar estado legal a una cosa” y el cannabis psicoactivo tiene un estado legal muy claro: Está tajantemente prohibido. Por tanto, puesto que a la hierba no le faltan leyes sino que más bien le sobran, la cuestión sería derogar algunas de ellas y reformar otras. Así que, más que de legalización, sería más apropiado hablar de una nueva regulación legal. Regulación que, por supuesto, incluiría la despenalización (es decir, el final de la persecución por vía penal) de actividades como el cultivo o la venta.
El concepto de normalización, en cambio, abarca un abanico mucho más amplio de cuestiones(3). Normalizar el cannabis significa alcanzar una situación de normalidad en todos los ámbitos sociales, es decir, en cuanto a percepción social, educación, sanidad, comercio, medios de comunicación, normas, etc. Muchos de esos cambios hacia la normalidad se pueden lograr por medio de leyes, pero otros son cuestiones sociales muy amplias y complejas que afectan a sentimientos muy arraigados en la población y que no se arreglan a golpe de boletín oficial.
Como ya he planteado con anterioridad(4), no se trata solo de superar una prohibición legal, sino también un tabú moral. De manera que hay numerosos frentes en los que es necesario que se den cambios profundos. Si consiguiéramos abolir las leyes prohibicionistas pero el contexto social fuera intolerante e incluso beligerante hacia las personas consumidoras, poco habríamos avanzado. Por lo tanto, creo que la reivindicación genérica que debemos hacer desde el movimiento antiprohibicionista cannábico, el eslogan por excelencia, es la normalización. Y dentro de esa normalización general, una normalización legal consistente en una regulación no prohibicionista, que incluya la despenalización de la mayoría de conductas relacionadas con el hachís y la marihuana. Lógicamente, hay ciertas conductas que deberán seguir castigándose de alguna manera, como la venta a niños, la adulteración del producto (especialmente si es peligrosa para la salud), o el contrabando (es decir, la evasión fiscal).
Buscando la manera
Evidentemente, una de las primeras cosas que conviene hacer cuando se buscan alternativas a algo es ver si esas alternativas existen ya en alguna parte. Una primera posibilidad sería retroceder en el tiempo y ver si la regulación que existía aquí mismo, dentro del estado español, antes del comienzo de la dictadura prohibicionista, nos puede servir de ayuda. El problema es que hay que remontarse hasta los años 30 del siglo XX y desde entonces la cosa ha cambiado mucho. En aquella época, el consumo lúdico de cannabis era escaso y marginal y se producía en un marco prácticamente carente de regulación legal. La grifa estaba presente desde hacía muchos siglos, pero nadie había considerado necesario redactar leyes específicas acerca de su producción, venta y consumo. En cuanto al uso terapéutico, el modelo vigente por aquel entonces nos podría ser de mucha más utilidad, ya que, de manera similar a otros fármacos, el cáñamo se hallaba disponible en las boticas en forma de genéricos (sumidades floridas –o sea, cogollos-, tintura alcohólica y pomada), además de un buen número de específicos, es decir, fármacos de marca en muy diversas presentaciones, dosis y vías de consumo. Por lo tanto, en el caso del uso médico, se trataría sencillamente actualizar aquella forma de dispensación y equiparar el cáñamo a otras plantas medicinales, y sus derivados, los cannabinoides, al resto de principios activos, mediante su inclusión en la Ley del Medicamento(5).
Esta opción, la de la inclusión en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, fue precisamente la vía elegida por el principal modelo regulador alternativo presentado hasta hoy en el estado español, el conocido como Manifiesto de Málaga (aunque en realidad está fechado en Sevilla, el 9 de febrero de 1991). Este texto, titulado “Propuesta alternativa a la actual política criminal sobre drogas”(6), fue elaborado por el Grupo de Estudios de Política Criminal (GEPC), formado por un amplio equipo de juristas de prestigio, entre los que -como se ha publicado hasta la saciedad en numerosos medios- se encuentra el actual fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido.
Entre los firmantes de la propuesta también se halla el anterior ministro de Interior, José Antonio Alonso. Dicha propuesta, realizada poco después de la promulgación de la Ley del Medicamento, se apoya en gran medida en la misma, ya que ésta menciona expresamente los llamados “estupefacientes y sustancias psicotrópicas”. En efecto, el artículo 41 de la Ley del Medicamento especifica claramente que dichas sustancias están incluidas dentro de dicha ley. Por tanto, como la planta de cannabis, el hachís y la marihuana forman parte de las listas I y IV de la Convención Única de Estupefacientes de 1961 y el THC de la lista I de la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, es evidente tanto la planta como sus derivados y principios activos puros quedan regulados como medicamentos.
Ahora bien, el problema es que, además de la Ley del Medicamento, también hay otras leyes, de carácter eminentemente represivo, que se ocupan del cannabis y sus derivados. En concreto, la Ley 17/1967 sobre estupefacientes, el Código Penal -concretamente en el artículo 368-, la Ley Orgánica 1/1992 de seguridad ciudadana, y el Real Decreto 2829/1977 sobre sustancia psicotrópicas. La propuesta de Málaga aboga por la “ampliación del ámbito de actuación de los medicamentos, más allá de la indicación terapéutica o análogas, a la extraterapéutica consistente en la obtención de un determinado bienestar corporal o mental”. En consecuencia, las drogas actualmente ilícitas pasarían a ser consideradas medicamentos normales, aunque con un régimen de venta especial, siendo dispensadas en farmacias, sin necesidad de receta y en dosis única, mediante identificación que permita comprobar la mayoría de edad de la persona compradora. También se garantizaría a las personas dependientes la posibilidad de obtener su sustancia “bajo suministro y control médicos”.
En coherencia con todo lo anterior, se propone eliminar el tratamiento específico de las drogas, de manera que reciban un trato similar al de otros productos farmacéuticos. Por tanto, el Código Penal solo castigaría la distribución sin licencia, la adulteración y otras formas de engaño, con penas muy inferiores a las que ahora se reservan para el tráfico ilícito, aunque algo más duras que en el caso del resto de medicamentos. En la propuesta de Málaga también se plantea la prohibición por vía penal de los “actos de promoción del consumo de tales productos o sustancias con fines mercantiles de creación o ampliación de mercado”, es decir, que no se podría hacer publicidad o, en todo caso, estaría muy limitada. En cuanto a las condiciones para la venta, se plantea “un sistema de precios moderadamente desincentivadores y exentos en todo caso de ayuda o financiación públicas”, para lo cual se implantaría un impuesto del 50% sobre el valor de la sustancia, cuya recaudación se destinaría íntegramente a actuaciones de “educación sanitaria, prevención y deshabituación”. También se debería incluir, en lugar destacado, información acerca de los riesgos que conlleva el abuso de la sustancia de que se trate, es decir, algo que en la práctica podría abarcar desde el actual prospecto -más o menos aséptico- que acompaña a los fármacos hasta las “esquelas” alarmantes de los paquetes de tabaco.
¿Y con la hierba qué hacemos?
El cannabis recibe un tratamiento especial en la propuesta de Málaga, ya que en la misma se propone dotar a nuestra planta de un régimen específico, menos restrictivo que el del resto de drogas actualmente ilícitas. En efecto, se plantea que su venta se podría llevar a cabo fuera de las farmacias, en lugares especialmente autorizados para ello. El régimen que se aplicaría a la producción y dispensación de cannabis y al consumo de todo tipo de drogas sería análogo al que se aplica al alcohol y al tabaco. O mejor dicho se aplicaba, que también esto ha cambiado lo suyo desde 1991. Sin embargo, la Propuesta de Málaga no entra en detalles acerca de los lugares de venta (¿deberían ser específicos o podrían ser bares u otro tipo de establecimientos ya existentes?) ni en otras cuestiones como los posibles límites a la tenencia lícita o la regulación del autocultivo.
En cuanto a la Ley de Seguridad Ciudadana y sus multas por tenencia y consumo (150.000 multas en 2004, 125.000 de ellas por cannabis, un 22% más que en 2003(7)), la ley aún no había empezado a redactarse cuando se elaboró el documento, así que no la menciona. Ahora bien, la conocida como Ley Corcuera es en realidad continuación de la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social del franquismo, que los miembros del GEPC sí proponen derogar en su totalidad. También hablan explícitamente de equiparar el consumo de las drogas ahora ilegales con el de alcohol y tabaco, y de momento no ponen multas por llevar vino a cuestas o fumar en la plaza. Así que es de suponer que, de haber podido preverlo, también habrían incluido la propuesta de derogar los artículos 23.h y 25 de la nueva ley, que son los que afectan al consumo y tenencia de sustancias ilícitas.
En resumen, la propuesta del Grupo de Estudios de Política Criminal supone un buen punto de partida, ya que parece asumible por la mayoría de sectores cannábicos y antiprohibicionistas. Incluye muchas reivindicaciones históricas, como la despenalización del cultivo y el tráfico, el fin de los cacheos y las multas, la vuelta del uso terapéutico al sistema sanitario y la posibilidad de crear un mercado legal con los límites y derechos similares a los de quines usan drogas legales. Lo único que habría que hacer es desarrollar más el modelo en lo que se refiere a su puesta en práctica.
Mirando a Holanda
Evidentemente, el modelo por antonomasia a la hora de regular en la práctica el mercado de cannabis es el de los coffee-shops holandeses. Durante muchos años, el único referente a la hora de imaginar una alternativa al actual mercado negro ha sido el sistema neerlandés de tolerancia. Sin embargo, Holanda no ha denunciado los tratados internacionales sobre drogas, que siguen sirviendo de modelo obligado para las leyes estatales. Es más, la legislación holandesa sobre el cannabis es incluso más dura que la del estado español. Lo que ocurre es que, en base al principio de oportunidad, dichas leyes se han dejado en suspenso para este caso concreto, ya que se considera que tendría peores consecuencias aplicar la ley de forma estricta que hacer la vista gorda como sucede en la actualidad. De hecho, los norteamericanos Levine y Reinarman (8) han creado el término “prohibición tolerante de las drogas” para referirse a esta forma ambivalente de funcionar, en oposición a la “prohibición punitiva de las drogas” que se practica en la mayoría de países.
Por desgracia, el modelo holandés no nos sirve como marco jurídico, ya que en el estado español prima el principio de legalidad, de manera que para dejar de perseguir el cultivo y comercio de cannabis hay que cambiar la ley y para ello es necesario denunciar los tratados de las Naciones Unidas sobre drogas, algo que ya fue previsto por los autores de la propuesta de Málaga. Otras experiencias de prohibición tolerante, bien sean para el uso recreativo o terapéutico, como las de Suiza, Canadá, Estados Unidos, etc., tampoco nos son útiles, ya que más que de regulaciones legales normalizadoras se ha tratado de experiencias de tolerancia más o menos bajo cuerda.
Otra cosa bien distinta es la utilidad que tienen estas experiencias, en especial la holandesa, a la hora de encontrar maneras de acercarse a un horizonte sin prohibición. En el caso de los Países Bajos, el hecho de haber sido objeto de numerosos estudios a lo largo de los treinta años de política de tolerancia nos permite analizar los efectos que esta experiencia única en el mundo ha tenido sobre cuestiones como la economía, la percepción social o la salud pública.
Desde luego, si hoy en día, a pesar de las presiones internacionales que han soportado, sigue habiendo coffee-shops en Holanda es porque las autoridades responsables consideran que su apertura acarrea más ventajas que inconvenientes. En Holanda, el nivel de consumo de cannabis entre adultos y adolescentes es sensiblemente menor que el de otros lugares con políticas más prohibicionistas, además de que la edad de inicio en el consumo es más tardía que en los países de su entorno, un importante factor de protección a la hora de evitar la extensión de usos problemáticos. De hecho, en los últimos años, entre los estudiantes holandeses de secundaria el consumo de cannabis se ha mantenido más o menos estable, con tendencia a la baja(9), al contrario del estado español, donde la persecución penal de la producción y venta no ha impedido niveles record de consumo entre adolescentes. La marihuana, desprovista de la atracción de lo prohibido y percibida como algo más o menos normal, convive sin grandes conflictos con las drogas legales habituales, si bien el llamado turismo cannábico ha provocado ciertos problemas que trataremos cuando llegue el momento de las propuestas concretas. Pero eso será en un próximo artículo.
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